Dr. Julio César Hernández Colmenares
Al igual que en Estados de Norteamérica en donde se originó el sistema político federal, en la Venezuela de espíritu emancipador del siglo XIX, se hacía necesario también unir provincias o regiones con distintas creencias, costumbres, tradiciones, historia y hasta modos de hablar. El federalismo entonces, fue el remedio utilizado para hacer compatibles esas diversas formas de vivir provincianas, encajadas en un gran Poder que pudiera autodeterminarse como Estado. Fue así, como se crearon a lo largo de nuestra historia constitucional, los municipios y los estados como formas de organización política y territorial, para de esta manera como afirmaba el profesor García Pelayo refiriéndose al federalismo “organizar de manera racional grandes espacios bajo el supuesto de relaciones de paridad”.
La primera Constitución venezolana de 1.811 fue de corte federal, pues no resultaba tan sencillo desconocer la soberanía y autonomía de las siete (7) Provincias existentes para aquel entonces, que conformaban la Capitanía General de Venezuela, y cuyo pedimento al naciente Poder Central, era el de que se les respetara tales prerrogativas. Sin embargo, como lo explicó el Profesor Brewer Carías, el Estado venezolano a partir de ese año en adelante vio como el sistema político federal tuvo poca duración debido a la Guerra de independencia y de manera particular con la caída de la primera República, la cual atribuyó el Libertador Simón Bolívar a la inmadurez de nuestra Nación para tenerlo como sistema político.
Con la Constitución de 1.830 en la República de Venezuela, se restablecieron nuevamente los principios federalistas mediante un pacto político entre el Poder Central y las entidades territoriales menores, cuyos postulados más importantes consistieron en que las provincias iban a recibir un trato homogéneo e igualitario; la soberanía y autonomía que se les concedía, quedaba limitada a los intereses de la República; entre esas unidades territoriales y el poder federal, se fijaron relaciones de cooperación y coordinación; así mismo, esta Constitución era de naturaleza rígida a fin de evitar cambios bruscos en su contenido, y reformas no previstas en su conjunto de normas, para de esta manera garantizar la vigencia del sistema político federal.
En Venezuela existe entonces históricamente un añejo reconocimiento a las autonomías territoriales y políticas, las cuales en la actualidad se reconocen sin ningún tipo de limitación y jerarquía por la Constitución vigente de 1.999. Así en el artículo 4º de la ley suprema se reconoció que Venezuela es un Estado Federal-Descentralizado en donde el Poder nacional, Poder estadal y Poder Municipal tiene atribuidas funciones individuales y a la vez comunes, pues las mismas como en 1.830, fueron enmarcadas bajo los principios de integridad territorial, por lo cual sus actuaciones debían tener presente esta circunstancia, cooperación, o sea complementarse entre sí, solidaridad y concurrencia en la atención de diversos servicios públicos.
Este federalismo nuestro, desde su creación, al parecer ha perseguido el reconocimiento y respeto que las entidades político-territoriales menores merecen; este sistema político entiende que la riqueza cultural de nuestros estados y municipios, debe ser asegurada y protegida de manera institucional para evitar un acendrado centralismo que signifique la negación al esfuerzo y capacidad de las personas que habitan en el interior de la República, que no sólo buscan reivindicar el bienestar para sus ciudadanos, sino también para promover valores democráticos conforme ha sido la participación de las regiones en la consumación de distintos hechos políticos o sociales, que hayan traído cambios a la Nación venezolana.
Por supuesto que aunque el federalismo venezolano, tenga una existencia histórica de casi 210 años, representa un sistema político con una profunda dialéctica entre dos tendencias contradictorias: la tendencia a la centralización y la tendencia a la descentralización, pues el acceso al Poder, su conservación y distribución es una permanente disputa en la cual deben prevalecer sanamente los principios que animan el federalismo, y que ya fueron brevemente expuestos; ahora bien, si no hay una interpretación consustanciada con estos modelos de actuación constitucional, nuestro federalismo seguirá siendo invocado de manera engañosa y perjudicial a la unidad espiritual de la Nación.